jueves, 26 de noviembre de 2020

 

Régimen de responsabilidad de un funcionario policial.

Introducción:

Los cuerpos policiales en Costa Rica son una pieza fundamental para que se mantenga el orden público y la seguridad nacional, pero al ser funcionarios públicos deben respetar ciertos procedimientos que les permiten laborar dentro de lo que establece la ley, en este apartado se pretende indagar sobre lo que es un policía, un cuerpo policial, los principales cuerpos de policía en el país, normas que aplican para la función policial, causales de responsabilidad administrativa, sanciones que se pueden aplicar a los oficiales y ejemplos de sanciones.

Desarrollo:

Concepto de Cuerpo policial y policía:

Cuerpo policial: Grupo de personas capacitadas (policías) que se encargan de velar por el orden y la seguridad del país, algunos están capacitados para encargarse de combatir un tipo delictivo en específico.

Policía: Según el diccionario de la real academia española un policía es “miembro del cuerpo de policía” (Real Academia Española, 2020)

“Ilustración 1” Cuerpo policial.

“Ilustración 2” Policía.











El policía como funcionario público.

En primera instancia la ley 7410, indica en su artículo 1 que la policía debe de “tomar medidas… para garantizar el orden, la defensa y la seguridad del país, así como las que aseguren la tranquilidad y el libre disfrute de las libertades públicas” (sistema de información jurídica en línea, 1994) como se puede ver la función de los policías está orientada a brindar un servicio público. Ya en el artículo 2 de la misma ley se indica explícitamente que son funcionarios públicos.

Principales cuerpos de policía en Costa Rica.

Según el artículo 6 de la ley general de policía, los principales cuerpos policiales son “la Guardia Civil, la Guardia de Asistencia Rural, la policía encargada del control de drogas no autorizadas y de actividades conexas, la Policía de Fronteras, la Policía de Migración y Extranjería, la Policía del Control Fiscal, la Dirección de Seguridad del Estado, la Policía de Tránsito, la Policía Penitenciaria, la Policía Escolar y de la Niñez…” (Sistema costarricense de información jurídica en línea, 1994)

Normas aplicables a la labor policial.

-Ley general de la policía N°7410.

http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=66525

 -Al ser funcionarios públicos están sujetos también a la Ley general de la administración pública N°6227.

http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=13231&nValor3=90116&strTipM=TC


Causales de responsabilidad administrativa inherente al cargo policial.

Según la ley General de Control Interno, en su artículo #39, algunas de las causales que pueden ser aplicadas a la labor policial son; “incurrirán en responsabilidad administrativa, cuando debiliten con sus acciones el sistema de control interno u omitan las actuaciones necesarias para establecerlo, mantenerlo, perfeccionarlo y evaluarlo…” (Sistema costarricense de información jurídica, 2002)

También se puede aplicar “…cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios públicos que injustificadamente incumplan los deberes y las funciones que en materia de control interno les asigne el jerarca…” (Sistema de información jurídica, 2002)

Sanciones aplicables a los policías en Costa Rica.

Las sanciones en los oficiales van a depender de la gravedad de lo cometido, según la ley general de la policía, estos oficiales pueden ser sancionados con el “… apercibimiento oral o escrito…”, lo que sería una amonestación, también son sancionados con “…la suspensión sin goce de salario de uno a treinta días…”, los días de suspensión dependerán de la gravedad de su falta y con “despido sin responsabilidad temporal…” (Centro de Información Jurídica en línea, 2015).

"Ilustración 3" Despido.

Ejemplos de noticias que hablen de policías que han sido sancionados.

Uno de los casos en los que se puede ver la aplicación de sanciones en el despido de 115 oficiales de Fuerza Pública, por casos como embriagues, incumplimiento laboral, narcotráfico, hurto, entre otros. Solo que en este caso hubo responsabilidad patronal en los despidos.


Conclusión:

Los oficiales no son intocables estos al ser funcionarios públicos están sujetos a una estricta normativa sobre como deben actuar, es necesario que los costarricenses sepan que cualquier abuso debe ser demandado el hecho de callar no va a mejorar el servicio; pero también es necesario que la población se instruya en la diferencia que existe entre un actuar policial (acciones que legalmente pueden hacer) y lo que es abuso o corrupción.

Referencias:

Arias, J (2014). La policía cambia de nombre, aumenta las categorías y quita el tope de edad para ingresar. [Ilustración 1]. Recuperado de http://libertaddigital.com

Centro de información jurídica en línea (2015). Proceso disciplinario en el Ministerio de Seguridad Pública. Recuperado de http://aprende.uned.ac.cr

Dreams time (s.f). Despido ejemplos y vectores. [Ilustración 3]. Recuperado de http://es.dreamstime.com

Neuvoo (2017). ¿Qué hace un oficial de policía? [Ilustración 2]. Recuperado de http://neuvoo.com.mx

Noticias Repretel. [Noticias Repretel]. (2016, diciembre 8). Despiden a 115 policías ligados a casos de corrupción. [Archivo de video]. Recuperado de http://youtube.com

 Real academia española (2020). Policía. Recuperado de http://dle.rae.es

Sistema costarricense de información jurídica (2002). Ley general de control interno. Recuperado de http://pgr.web.go.cr

Sistema costarricense de información jurídica. (1978). Ley N°6227 ley general de administración pública. Recuperado de http://pgr.web.go.cr

Sistema costarricense de información jurídica. (1994). Ley N°7410 ley general de policía. Recuperado de http://pgr.web.go.cr